TEORIA DE LOS DOS DEMONIOS, OTRA VEZ

Oct 25, 2024

Por Flavia Fernández Brozzi. Coordinadora del Observatorio de DDHH de la FGA

El 3 de octubre pasado, Adorni anunció que Luis Petri, Ministro de Defensa, impulsará una indemnización a los familiares del ataque al Regimiento de Infantería de Monte, Provincia de Formosa, ocurrido en 1975.

El 5 de octubre de 1975, un grupo de militantes de Montoneros atacó el regimiento 29 de Infantería de Monte del Ejército Argentino, ubicado en la ciudad de Formosa. El copamiento resultó trunco y, durante más de un mes, en la zona se desató una cacería de militantes populares. Durante la dictadura cívico-militar, el Regimiento de Infantería 29 Formosa, funcionó como centro clandestino de detención.

Esta iniciativa no es una novedad, data desde hace más de una década.

  • 2012: A fines de noviembre de 2012, la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción a un proyecto de ley, firmado por Ricardo Buryaile (UCR Formosa) y Juan Carlos Díaz Roig (PJ Formosa), que disponía que se otorgue “por única vez un beneficio extraordinario a quienes fallecieran como consecuencia del ataque al Regimiento de Infantería de Monte N°29 ‘Coronel Ignacio Warnes’ ocurrido en la Provincia de Formosa, el día 5 de octubre de 1975 indemnización para los familiares de los militares del RIN 29 de Formosa” (Expte. 2738-D-2012; Trámite parlamentario: 040 03/05/2012). Este proyecto había sido presentado previamente en el año 2010, pero tuvo tratamiento recién en el 2012. 

La media sanción de este proyecto tuvo el inmediato repudio de los organismos de Derechos Humanos de todo el país, de abogades y querellantes en las causas por crímenes de lesa humanidad y organizaciones de la sociedad civil, puesto que se intentaba reinstalar la “Teoría de los Dos Demonios”.

H.I.J.O.S. Capital, el 6 de diciembre, expresó en un comunicado: “No podemos permitir que desde la Cámara que representa a nuestro pueblo se sancionen estas leyes que retroceden en el camino andado e intenten restablecer la Teoría de los Dos Demonios. Esta ley pretende igualar el accionar de las organizaciones armadas con el plan sistemático de terror, persecución y exterminio implementado desde el Estado, poniendo en pie de igualdad el ataque a un regimiento con los más aberrantes delitos que ha sufrido nuestro pueblo”.

  • 2016: Diputados radicales de la UCR pidieron a la Legislatura formoseña que acompañen la iniciativa de los diputados nacionales Martín Hernández (Cambiemos) y Lucila Dure  (Socialista) de resarcir económicamente a familiares de las víctimas del ataque al Regimiento de Monte 29 por parte de los Montoneros.
  • 2019: Durante el gobierno de Mauricio Macri y a través del entonces Secretario de DD.HH. de la Nación, Claudio Avruj, en el año 2019 se impulsó un proyecto para indemnizar a las familias. 

Lo que no dice el actual gobierno de Milei (así como tampoco los anteriores) es que los familiares de los muertos durante ese hecho, cobraron indemnización ni bien ocurridos los hechos. 

Como principio, el Estado tiene la obligación de indemnizar a quienes mueren como consecuencia del desempeño de su deber –policías y militares– o por haber estado bajo bandera –soldados–. No es la circunstancia de haber muerto por el ataque de una organización política armada lo que genera la obligación, sino la relación previa con el Estado. Por eso es que inmediatamente después de los sucesos se iniciaron los trámites para que las familias fueran indemnizadas, lo que así finalmente sucedió.

La comparación con las indemnizaciones a víctimas de la dictadura tiende a diluir la gravedad de los crímenes que como política estatal de persecución política se llevaron a cabo. No fueron indemnizados por «guerrilleros», como afirman algunos exponentes de la ultraderecha, sino por haber sido víctimas del accionar ilegal estatal en el marco de un ataque sistemático contra la población civil. Recordemos, además, que en los mentados reglamentos secretos militares se consagraba el principio de no tomar prisioneros, es decir, se debía eliminar, matar, a gente incluso desarmada y fuera de combate, lo que claramente vulnera principios elementales del Derecho Internacional Humanitario y de los Derechos Humanos. No se puede equiparar el comportamiento de algún grupo o sector de la sociedad, con la criminalidad genocida del Estado. Desde el punto de vista del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, son los Estados los obligados a garantizarlos, y como tales, sólo ellos pueden violar los derechos protegidos. Los particulares en el ejercicio de la fuerza, lo que violan es el Código Penal y las leyes del Derecho Interno.

El anuncio de Adorni implica una nueva acción que intenta instalar en la sociedad lo que ellos llaman “memoria completa”, y no es ni mas ni menos que la reivindicación del genocidio, mientras su Vicepresidenta pide la prisión para todos “los montoneros”.  

Esta decisión no sorprende ya que todos sus funcionarios propugnan la libertad a los genocidas, el endurecimiento de las penas para los sectores más vulnerables de la sociedad, la criminalización de la protesta social, así como la baja de la edad de punibilidad para nuestros pibes; pero sí indigna y es repudiable.Equiparar las muertes de militares con las de víctimas del accionar ilegal estatal significa desconocer la gravedad de la persecución política y la masacre que el Estado desató para llevarla a cabo. La inmensa conquista popular que significó la anulación en 2003 de las leyes de impunidad y la reapertura de las causas por los crímenes de lesa humanidad permitió hacer valer una prolongada normativa y jurisprudencia supranacional, constitucional y local que estableció la imposibilidad de equiparar en cuanto a consecuencias y calificación la acción represiva y terrorista del Estado con los actos de particulares.